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La Corte Suprema ordenó a una tabacalera pagar más impuestos

Desde el 2016 la producción local venía perdiendo fondos del FET.

Se conoció ayer que la Corte Suprema de la Nación revocó el otorgamiento de cautelares a la Tabacalera Sarandí que creció sin pagar el impuesto interno mínimo y ahora deberá abonarlo. La maniobra hizo que Misiones perdiera ingresos por más de 4.200 millones de pesos.

Así por decisión de la Corte Suprema de Justicia, la empresa bonaerense Tabacalera Sarandí no podrá seguir beneficiándose de medidas cautelares que le permitan pagar menos impuestos recortando los ingresos de los productores tabacaleros y de la provincia de Misiones.

Se estima que desde 2016 a esta parte, la provincia y sus productores perdieron más de 4.200 millones de pesos de ingresos debido a una sucesión de medidas cautelares por las que la firma de la provincia de Buenos Aires no pagó el impuesto interno mínimo a los cigarrillos, logrando así quedarse con un cuarto del mercado de cigarrillos a expensas de la cadena productiva.

“Hemos recibido la noticia de que gracias a un fallo de la Corte Suprema los misioneros en general y los tabacaleros en particular van a volver a contar con ingresos clave en momentos de tanta necesidad”, expresó Omar Olsson, diputado provincial y presidente de la Asociación Plantadores de Tabaco de Misiones (APTM) en un comunicado difundido ayer.

“Las medidas cautelares que beneficiaron a Tabacalera Sarandí a costa del sector tuvieron un freno a nivel del máximo órgano de Justicia. Los reclamos del sector fueron escuchados y eso es una buena noticia para todos. Queremos seguir trabajando por la provincia y por su desarrollo económico”, explicó.

En diálogo con El Territorio el directivo acotó que esperan que a partir de ahora la industria empiece a pagar. “Lo más importante es que se puso fin a las cautelares, ahora esperamos que empiece a pagar y después se verá si también deben pagar lo anterior que no se tributó”, comentó.

Se recordó que la causa la inició la Afip para luego sumarse la más antigua de las organizaciones de  productores  tabacaleros de Misiones, APTM, y su presidente, Omar Olsson, como “amicus curiae”  (terceros ajenos a un litigio, que ofrecen voluntariamente su opinión), para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso. “Acudimos a la Corte”, explicó Olsson, “porque entendíamos que se estaba metiendo la mano en el bolsillo a los tabacaleros de Misiones, no debíamos permitir que se los despoje de esa manera, son muchos millones anuales que se perdían”.

También Olsson agradeció la intervención del gobernador y del presidente de la Legislatura provincial por el apoyo, “no estuvimos solos en este reclamo, es justo reconocer el acompañamiento de la Provincia, que en todo momento estuvo muy atenta a este serio problema que afectaba al sector tabacalero argentino y misionero en particular”. Finalmente Olsson, admitió que hay otras asignaturas pendientes por las que el sector deberá seguir trabajando; una de ellas y que afecta también a la recaudación del FET es el contrabando de cigarrillos que en Misiones superaría el 50% del consumo.

Una sucesión de medidas cautelares que se otorgaron desde 2016 en adelante le permitió a Tabacalera Sarandí vender sus productos a mitad de precio y crecer hasta tener casi un cuarto de mercado de los cigarrillos. Desde que empezaron a otorgarse estas medidas, el Estado nacional dejó de recaudar unos  100.000 millones de pesos para gastos generales, entre ellos los fondos de Anses, mientras que las siete provincias tabacaleras perdieron más de 55.000 millones de pesos en poco más de cuatro años. El origen del impuesto mínimo a los cigarrillos se remonta al  2004, cuando Néstor Kirchner, y su entonces jefe de Gabinete, Alberto Fernández, decretaron la creación del “Convenio para mejorar la recaudación y evitar la evasión en el mercado de cigarrillos”. En 2008, la entonces presidenta Cristina Kirchner envió un proyecto al Congreso para darle carácter de ley a la figura del impuesto mínimo, que fue aprobado mediante la Ley N°26.467.

Posteriormente, en 2017, la Reforma Tributaria impulsada por el gobierno de Mauricio Macri y aprobada por el Congreso (Ley 27.430) modificó la forma de cálculo del impuesto mínimo creado durante el gobierno de Cristina Kirchner. El nuevo cálculo es un gravamen fijo ajustable por inflación que se actualiza cuatro veces por año y se ubica actualmente en 86,58 pesos.

La Procuración General de la Nación emitió un dictamen en contra de que prosigan las medidas cautelares para evitar el pago del impuesto mínimo y los jueces de la Corte Suprema de Justicia – Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti- fallaron en esta dirección, mientras que el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz, se había excusado en el caso. 

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