Con un nuevo Ingreso Familiar de Emergencia (IFE 4) en análisis, la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) entrega un pago extraordinario de hasta $35.312 a algunas personas con el objetivo de continuar con la asistencia a las familias más afectadas por los efectos económicos de la pandemia de coronavirus (Covid-19).
La medida apunta a personas que estén en relación de dependencia y que sean titulares de la ley de riesgos de trabajo, titulares de la AUH, de la prestación por desempleos, jubilados y pensionados. De esta manera, los beneficiarios percibirán el pago por única vez y deberán realizar un trámite con simples pasos en Mi Anses para poder cobrarlo.
A la espera de un nuevo IFE, ¿quiénes cobran el bono de Anses?
- Trabajadores en relación de dependencia
- Titulares de la prestación de la ley de riesgos del trabajo
- Titulares de la prestación por desempleo
- Titulares de pensiones honoríficas de veteranos
- Jubilados y pensionados
Requisitos para cobrar el extra de Anses
Para cobrar hasta los $35.312 que entregará el organismo dirigido por Fernanda Raverta,se tendrá en cuenta el ingreso familiar. El monto máximo por familia será de $210.278 y el máximo por cada integrante será $105.139.
Asignaciones de Pago Único de Anses con aumento: cuánto cobro
Existen tres líneas de Asignaciones de Pago Único de Anses:
- Asignación por Nacimiento: $5.904
- Asignación por Adopción: $8.841 por cada cónyuge. Es decir, que se cobra un total de $17.682.
- Asignación por Matrimonio: un monto de $35.312.
Anses: ¿Cómo inscribirse para cobrar los 35.312 pesos?
El trámite es presencial con turno, pero durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio este trámite se realiza mediante la presentación de documentación a través del sistema de Atención Virtual.
- Ir al sitio oficial: https://www.anses.gob.ar/informacion/atencion-virtual
Asignación por Nacimiento
- Partida de nacimiento.
- Documento nacional de identidad recién nacido.
- Para nacimiento en el extranjero:
- Documento que acredite la identidad del recién nacido.
- Partida de nacimiento (traducida) visada por el Consulado Argentino y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Asignación por Matrimonio
- Certificado de matrimonio.
- Documento nacional de identidad del cónyuge.
- Cuando se trate de segundo o posterior matrimonio: deberá acreditarse el divorcio con la Sentencia respectiva. En los casos de divorcio en el extranjero se requerirá la documentación en iguales condiciones que para acreditar el matrimonio.
- En caso de corresponder adjuntar defunción de anterior cónyuge.
Asignación por Adopción
- Partida de nacimiento, con mención de la adopción (nueva partida para adopción plena o partida con anotación marginal para adopción simple).
- Testimonio de la sentencia de adopción.
- Documento nacional de identidad con el nuevo apellido.
- En el caso de adopción en el extranjero:
- Documento que acredite la identidad del adoptado.
- Partida de nacimiento y/o copia del acta mediante la cual se otorga la adopción, visada por el Consulado Argentino y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.