
En los últimos meses, numerosos conductores denunciaron la llegada de multas de montos elevados, algunas consideradas erróneas o carentes de señalización adecuada. Ahora, informes técnicos y notas formales elevadas por organismos competentes ponen en discusión la legalidad de varios de los dispositivos actualmente emplazados.
Relevamiento técnico: señales fuera de norma y riesgo vial
Un Informe Técnico de Relevamiento – Señalización Vertical de Sistemas de Fiscalización Electrónica – RN 12, fechado el 24 de febrero de 2026 , detalla observaciones en múltiples kilómetros de la traza nacional.
Entre los principales puntos señalados figuran:
- Señales que no se ajustan al Manual de Señalamiento Vertical de la Dirección Nacional de Vialidad.
- Cartelería con dimensiones, materiales y diagramación fuera de norma.
- Falta de uniformidad en los esquemas de señalización.
- Incumplimiento de distancias reglamentarias.
- Alturas de implantación incorrectas.
- Uso de materiales reflectivos que no cumplirían normas IRAM.
- Postes rígidos instalados dentro de la zona de seguridad sin sistema de contención lateral adecuado.
- Sistemas de contención deficientes o en mal estado.
El informe concluye que, ante la falta de documentación técnica que respalde la correcta instalación y autorización formal de estos dispositivos, resulta imprescindible regularizar la situación, sugiriendo incluso la remoción preventiva hasta tanto se adecuen a la normativa vigente .
Dicho relevamiento fue formalmente elevado mediante nota interna a las autoridades correspondientes .

Pedido formal de regularización
A esto se suma una nota oficial dirigida al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Misiones solicitando la verificación y regularización administrativa y técnica de los dispositivos de control de velocidad emplazados en rutas nacionales dentro del territorio provincial .
En ese documento se invocan:
- La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.
- El Decreto Reglamentario N° 779/95 (Sistema Uniforme de Señalamiento Vial).
- Normativas técnicas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
- Disposiciones específicas de la Dirección Nacional de Vialidad para intervenciones en zona de camino.
La nota menciona expresamente que se habrían constatado dispositivos que no cumplirían íntegramente con las exigencias legales y reglamentarias, tanto en materia de señalización previa como en condiciones técnicas de emplazamiento .
También se recuerda que los cinemómetros deben contar con homologación vigente, calibración periódica certificada y señalización preventiva adecuada, garantizando el principio de legalidad y transparencia en los controles.
¿Pueden multar en este contexto?
La gran pregunta que surge es si, ante estas observaciones técnicas y administrativas, los radares actualmente instalados están plenamente habilitados para labrar infracciones.
Fuentes vinculadas al ámbito jurídico señalan que, si un dispositivo no cuenta con autorización técnica, señalización reglamentaria y cumplimiento integral de la normativa vigente, podrían existir fundamentos para cuestionar la validez de las multas emitidas.
En el estado actual, varios de los dispositivos relevados estarían fuera de regla y sin habilitación técnica plenamente acreditada, lo que generaría una situación de incertidumbre administrativa.

Seguridad vial vs. legalidad
El control de velocidad es una herramienta clave para reducir la siniestralidad y proteger vidas. Sin embargo, la normativa exige que estos sistemas se implementen con absoluta claridad, previsibilidad y apego a la ley.
La controversia no gira en torno a la necesidad de fiscalización, sino a su correcta implementación.
Mientras tanto, el debate continúa. Conductores, autoridades provinciales y organismos nacionales deberán avanzar en una definición que aporte seguridad jurídica, transparencia y, sobre todo, coherencia en la aplicación del sistema de control sobre la Ruta Nacional 12.
