La eliminación de un apellido, en tanto, es un trámite judicial
Se percibe una gran tendencia de colocar ambos apellidos al momento de la inscripción del niño. Foto: Víctor Paniagua
Luego del nacimiento, el Documento Nacional de Identidad es entregado a los 5 años de edad con validez hasta los 8 y debiendo renovarlo a los 14 años nuevamente. A partir de la reforma en el Código Civil y Comercial en 2014, se habilitó también la posibilidad de agregar el apellido materno y elegir la composición que lleva el DNI de cada persona.
“Ya no hay un orden establecido por ley como antes, que se llevaba el apellido paterno. La pareja elige la composición del apellido al momento de nacer, o bien el niño decide en la renovación de los 14 años”, especificó la directora del Registro Provincial de las Personas, Paula Echeverría, en diálogo con el programa Acá te lo contamos por Radioactiva 100.7.
En ese marco, indicó que “el primer DNI se da desde los 5 a los 8 años y después debe renovarse a los 14. A partir de la reforma del Código Civil y Comercial en 2014 se establece que los hijos llevan el apellido de cualquiera de los progenitores”.
“Hubo gran demanda del trámite administrativo de adición del apellido materno. Lo solicitan en el Registro, se hace una rectificación en el acta y se entrega el DNI ya con ambos apellidos”, dijo la funcionaria, quien precisó que “en lo que va de 2022 tuvimos 98 ingresos de trámites de adición de apellido”.
Aunque señaló que “ahora los niños nacen y los padres ya deciden la composición incluyendo el apellido de la madre”, también reparó en que “culturalmente sigue la costumbre de poner el apellido del padre primero”.
Pero remarcó: “Está en derecho la madre de anteponer el suyo o elegir si va uno o los dos”. El sellado de tasa administrativa general por el trámite vale 300 pesos.
Por otra parte, la directora del Registro recordó que para circular de una provincia a la otra, los menores de edad deben llevar su partida de nacimiento, dado que “en la renovación de los 14 años no aparecen los datos de los padres en el DNI”. De igual manera, para trasponer las fronteras internacionales, los tutores deben presentar partida de nacimiento en estos casos.
A su vez, aclaró que “si el menor va a querer adicionar el apellido materno, tiene que pasar previamente por el Registro, donde se margina el acta de nacimiento y se agrega el apellido”.
“Hablamos siempre de adición de apellido dentro de un trámite administrativo sencillo. Lo que no se puede hacer es eliminar un apellido, eso se solicita en la Justicia. Nosotros no podemos desplazar el apellido, sino que viene por orden judicial”, explicó.
En Posadas, el Registro de las Personas está ubicado en el barrio Cristo Rey, de la Chacra 32-33, sobre la avenida Andresito, con atención de lunes a viernes de 6.30 a 12.30.
Mientras, el Centro de Documentación Rápida trabaja en horario de corrido en la esquina de avenida Trincheras de San José y Perito Moreno, al igual que el Centro de Atención Vecinal situado en la intersección de las avenidas Urquiza y San Martín.