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Piden imputar a Macri como «miembro organizador y director de una asociación ilícita»

El abogado Luis Tagliapietra, padre de uno de los tripulantes del submarino ARA San Juan, solicitó que se confirme el procesamiento del expresidente Mauricio Macri en el marco de la causa en la que se lo investiga por el supuesto espionaje ilegal a los familiares de las víctimas del hundimiento de la nave y reclamó además que se lo impute e indague como «miembro organizador y director de una asociación ilícita».

El abogado, que encabeza una querella que reúne a otros 11 familiares, presentó el planteo ante la Cámara Federal porteña y manifestó allí su desacuerdo con la postura asumida por el fiscal ante ese tribunal, José Luis Agüero Iturbe, quien había acompañado un planteo de nulidad presentado por la defensa de Macri al señalar que al expresidente se lo procesó por hechos distintos a los que le fueron imputados.

Tagliapietra sostuvo que ese intento debería ser rechazado in limine (sin tratamiento) porque debió haberse formulado en un incidente aparte y no en el momento de la apelación del procesamiento; además señaló que era falsa la supuesta incongruencia denunciada por la defensa de Macri y acompañada por la fiscalía.

«Este planteo nulificante fue formulado en el seno del recurso de apelación impetrado contra del auto de procesamiento del recurrente Ing. Mauricio Macri producido el pasado 1 de diciembre de 2021 en los autos de referencia y dictado por el magistrado a cargo del Juzgado Federal de Dolores. De ello se desprende a prima facie que la vía intentada no se corresponde con lo que manda el ritual», sostuvo el padre de Alejandro Tagliapietra, uno de los 44 tripulantes fallecidos en el ARA San Juan.

«En el planteo la defensa refiere erróneamente que no encuentra relación de la prueba con su procesamiento, refiero que desconoce los hechos descriptos, desconoce la prueba de cargo y describe dichos de testigos ofrecidos por la defensa fuera de contexto con un evidente animo de confundir a V.V.S.S. testimoniales de sus testigos propuestos, que se rechazó la prueba ofrecida», sostuvo.

«Entendemos que la resolución recurrida, el auto de procesamiento que pesa en contra del Ing. Mauricio Macri, ha sido elaborada con estricta observancia de las disposiciones contenidas a su respecto en el ordenamiento ritual, no hemos advertido, más allá de diferencias solo de orden semánticas, ni modificación ni omisión de formas esenciales como tampoco defectos de fundamentación que, por expresa disposición de la ley, podrían acarrear su anulación», remarcó.

«La relación entre la descripción de los hechos formulada por el magistrado y el posterior auto de procesamiento resulta ser consecuente a derecho, a tal punto que en declaraciones públicas la defensa del imputado manifestó que en distintos segmentos resultaba ser como se dice vulgarmente de ´cortar y pegar´ cosa que tampoco resulta ser cierta», aseveró el abogado.

«Muy a diferencia de la opinión del Sr. Fiscal y de la defensa del imputado, de la lectura del acta de declaración indagatoria surge que SI se les informó acabadamente los hechos imputados y las pruebas existentes en su contra y ha ejercido sobradamente además de debidamente su derecho de defensa mediante sus respectivos descargos, razón por la cual NO corresponde hacer lugar al planteo de nulidad», enfatizó.

El fiscal Agüero Iturbe había opinado que debía declararse la nulidad del procesamiento de Macri y que el juez Julián Ercolini debía evaluar la posibilidad de volverlo a indagar por supuestas incongruencias entre los hechos imputados y aquellos por los cual lo procesó el juez federal de Dolores, Martín Bava, antes de que el caso pasara a los tribunales federales de Comodoro Py.

En su indagatoria a Macri «le fue achacado un acontecimiento de determinada extensión siendo procesado por uno de mayor alcance sin que se le haya ampliado previamente la declaración sobre tales hechos a los efectos de que pueda ejercer cabalmente su defensa», argumentó el dictamen fiscal.

En concreto sostuvo que no se le informó en su indagatoria el hecho de «no haber dispuesto el cese de la realización de tareas de inteligencia expresamente prohibidas por la ley 25.520…» por el que había sido procesado.

«Tampoco se le informó que las actividades a él enrostrada eran en conjunto con los jefes de la Agencia Federal de Inteligencia», en relación a Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, también procesados en la causa, había dicho el fiscal.

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