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InicioNoticiasNacionalesCorreo Argentino: confirmaron la intervención "total" con desplazamiento de directivos

Correo Argentino: confirmaron la intervención «total» con desplazamiento de directivos

La Cámara en lo Comercial dispuso que continúe la intervención judicial en Correo Argentino SA establecida por la jueza Marta Cirulli en marzo de 2020, cuando para evitar «potenciales perjuicios a acreedores» ordenó el «desplazamiento total» de sus directivos, por lo que se sumó otra disposición adversa para el Grupo Macri en una causa sensible, con montos siderales en juego, y en la que el expresidente pretende evitar la quiebra y pagar un monto menor que la deuda reconocida.

La resolución de primera instancia, dictada en el marco del proceso de «salvataje» de la empresa, había sido ordenada a pedido de la fiscal Gabriela Boquin, a la que adhirió el Procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini, a partir del fracaso de las propuestas de acuerdo de pago a acreedores y tras denuncias de «vaciamiento».

Contra esa resolución, dictada luego de dos décadas de iniciada la causa, la concursada presentó un recurso que fue rechazado por la Sala B de la Cámara, en concordancia con las observaciones formuladas por la fiscal y las sindicaturas que intervienen en la causa.

Desde la accionista y principal controlante Socma sostuvieron que esa sociedad siempre colaboró para evitar la quiebra de Correo Argentino, que, afirmaron, «se mantiene» por sus aportes «desde que sus bienes fueran expoliados por el Estado Nacional, que actualmente continúa utilizándolos», señalaron los representantes legales del Grupo Macri.

Además, plantearon que eran «erróneas» las estimaciones sobre el pasivo realizadas por la jueza Cirulli, y solicitaron que se aclaren cuáles eran las facultades de la concursada respecto del procedimiento de cramdown (salvataje).

Las accionistas pidieron medidas de prueba, pero la Sala B de la Cámara Comercial determinó que las mismas «resultan incompatibles con el examen de esta medida provisional, limitada a esta etapa acotada del procedimiento de cramdown y porque, además, la cuestión puede resolverse con las constancias obrantes» en la causa.

Omisión de información
El tribunal, en ese punto, recordó que la ley 24.522 (ley de concursos y quiebras) habilita al juez a disponer la separación del concursado de la administración cuando se incurre en algunas de las conductas enunciadas en la misma norma, como «la omisión de información que el juez o el síndico le requieran» y «en general, cualquier acto en perjuicio potencial o evidente para los acreedores».

La Cámara Comercial añadió que la juez Cirulli profundizó la medida teniendo en cuenta el pasivo posconcursal que «aun cuando se tomara como referencia aquel reconocido por la apelante de 118.363.388,68 pesos (la intervención indicó 191.997.055,52 pesos), se aprecia relevante, considerando la casi nula actividad que la deudora desplegara durante estos años».

Las camaristas Matilde Ballerini y María Gómez Alonso dijeron que «a ese respecto no sólo cabe cuestionar la existencia de que esas deudas que sin hesitación agravan la situación de la masa de acreedores, sino el hecho de que en esta instancia todavía no pueda determinarse de modo claro su extensión, con la consiguiente imposibilidad de garantizar un adecuado control del Magistrado concursal».

En tal sentido, para justificar la intervención judicial, integrantes de la Sala B señalaron que «resulta necesario controlar que estas situaciones no se sigan produciendo» y que el juez del concurso «pueda estar al tanto» de las operaciones de la empresa «que en el pasado no fueron canalizadas para lograr la pertinente autorización».

Sobre las referencias efectuadas por la concursada respecto de que sus bienes habrían sido «expoliados» por el Estado Nacional, el tribunal de segunda instancia remarcó que «dichas cuestiones competen al Fuero Federal, donde son ventiladas».

Justicia federal
La referencia es a la causa que tramita ante la justicia federal, en la que el fiscal de ese fuero, Pedro Zoni, luego desplazado, formuló imputación contra el expresidente Mauricio Macri y el entonces ministro de Comunicaciones Oscar Aguad por un acuerdo de pago entre la concursada y el Estado Nacional, durante el anterior gobierno.

El acuerdo fue rechazado en coincidencia con el dictamen de Boquin, quien se opuso por considerar que implicaba una quita de casi el 99 por ciento de la deuda, mientras que en el fuero federal un representante del Ministerio Público lo consideró «abusivo» y «ruinoso» para el Estado.

En concreto, la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones (Dafi) de la Procuración General de la Nación había estimado que extender el pago hasta 2033 (cuando finalizaría si se aceptaba la propuesta de la concursada), el Estado dejaría de percibir una cifra cercana a los 70.000 millones de pesos.

Boquin, a quien la concursada le atribuye «falacias» en sus dictámenes y a la que intentó sin éxito apartar del expediente, determinó que el Correo Argentino se benefició con un estado de ‘eterno’ concurso -la causa se inició en 2001- para suspender por más de 15 años el pago a sus acreedores, lo que implicó «perpetrar actos de gravedad ligados al vaciamiento de la empresa».

A principios de mayo, la fiscal presentó un nuevo dictamen en el que puso el foco sobre la relación entre Correo Argentino SA y el banco austríaco Meinl Bank, entidad financiera a la que se quitó la licencia y es investigada por lavado de dinero, que aparece como acreedor en el proceso concursal, y remitió documentación a la Justicia penal.

El mismo día en que la Cámara Comercial ratificó la intervención judicial de la empresa concursada, Correo Argentino SA presentó varios escritos en los que cuestionaron otra vez a Boquin y pidieron que las actuaciones pasen al Tribunal Superior de la Ciudad de Buenos Aires, jurisdicción que suele ser permeable a los intereses del expresidente Macri.

Además, el presidente de Correo Argentino, Jaime Cibils Robirosa, se opuso a todos los pedidos de quiebras que se presentaron en el concurso, entre ellos los promovidos por titulares de créditos laborales.

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